Ley Condominal
Vivir en la Ciudad de México implica, en la mayoría de los casos, compartir muros, techos y dramas vecinales. Para que esa convivencia no se convierta en una batalla campal digna de una película de acción, existe la Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal (ahora Ciudad de México).
Aquí tienes el desglose completo de esta normativa que es, básicamente, el "manual de convivencia" legal de la capital.
1. ¿Qué es y cuándo surgió?
Es el conjunto de normas que regulan los derechos y obligaciones de quienes poseen un departamento, casa o local en un régimen de propiedad compartida. Establece cómo se deben administrar las áreas comunes, cómo se toman las decisiones y cómo se resuelven los conflictos.
Origen: Aunque el concepto de propiedad en condominio ha existido en el Código Civil desde mediados del siglo XX (con una ley importante en 1954), la ley moderna y específica para la capital nació para responder al crecimiento vertical de la ciudad.
Versión más reciente: La ley vigente fue publicada en la Gaceta Oficial el 27 de diciembre de 2010. Sin embargo, ha tenido reformas importantes, siendo las más recientes (en 2021 y años posteriores) las que permiten las asambleas virtuales y otorgan más facultades a la PROSOC (Procuraduría Social) para sancionar a los morosos.
2. Resumen de la Ley
La ley se basa en tres pilares fundamentales para que el edificio no se caiga (literal y figuradamente):
La Asamblea General: Es el órgano supremo. Aquí se decide todo (desde el color de la fachada hasta el cambio de administrador). Los votos suelen valer según el porcentaje de indiviso (qué tan grande es tu departamento respecto al total).
El Administrador y el Comité de Vigilancia: El primero ejecuta las decisiones y cobra las cuotas; el segundo supervisa que el primero no se gaste el dinero en vacaciones personales.
Las Cuotas: Son obligatorias. Se dividen en ordinarias (mantenimiento) y extraordinarias (mejoras o emergencias). Si no pagas, la ley permite que el condominio te demande por la vía civil.
La PROSOC: Es la autoridad que vigila que esta ley se cumpla. Si tu vecino tiene una fiesta a las 4 a.m. un martes o el administrador "desapareció" el fondo de reserva, la PROSOC es donde pones la queja.
3. Ventajas y Desventajas
Vivir bajo este régimen tiene sus claroscuros. Aquí te los presento:
Ventajas
Seguridad Compartida: Suele ser más fácil y barato pagar vigilancia privada entre 40 familias que uno solo.
Mantenimiento de Áreas Comunes: Tienes acceso a amenidades (roof garden, gimnasio, elevadores) que difícilmente podrías costear o mantener de forma individual.
Plusvalía: Una administración eficiente bajo la ley asegura que el edificio no se deteriore, manteniendo el valor de tu propiedad.
Reglas Claras: Tienes un respaldo legal para exigir que el vecino ruidoso o el que invade el estacionamiento se detenga.
Desventajas
Pérdida de Libertad: No puedes pintar tu puerta de color verde neón o cambiar la ventana si eso afecta la estética del edificio sin permiso de la asamblea.
Morosidad: Si tres o cuatro vecinos dejan de pagar, los servicios del edificio (luz de pasillos, limpieza) se ven afectados para todos.
Conflictos Personales: Las asambleas pueden ser desgastantes y durar horas, especialmente cuando hay "personalidades" difíciles (aquí es donde aplicamos lo de Principios antes que Personalidades).
Gastos Extra: Además de tu hipoteca y servicios, siempre tendrás el gasto fijo de la cuota de mantenimiento, que puede subir si la asamblea lo decide.
Datos Curiosos de la Ley en CDMX
Mascotas: La ley prohíbe que el reglamento de un edificio impida tener mascotas, siempre y cuando estas no afecten la salud o seguridad de los demás.
Escritura: El régimen de condominio debe estar inscrito en el Registro Público de la Propiedad; si no, legalmente es un caos.

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