Régimen de Propiedad en Condominio

El Régimen de Propiedad en Condominio es una figura jurídica que permite que un inmueble pertenezca simultáneamente a varios dueños. En términos simples, eres dueño exclusivo de tu departamento o casa (unidad privativa) y copropietario de las áreas comunes (pasillos, jardines, albercas, cimientos).

Aquí te detallo los puntos clave para entender cómo funciona esta estructura legal:


1. ¿Cuándo surgió?

Aunque la idea de vivir "uno sobre otro" existe desde la antigua Roma, el régimen de propiedad en condominio moderno nació como respuesta a la explosión urbana del siglo XX.

  • En el mundo: Se consolidó tras la Segunda Guerra Mundial debido a la escasez de suelo y la necesidad de vivienda vertical masiva.

  • En México: Su antecedente más fuerte es la Ley de Propiedad en Condominio de 1954. Antes de esto, la ley no entendía bien cómo alguien podía ser dueño de un "pedazo de aire" en un segundo piso sin ser dueño del terreno.


2. Ventajas y Desventajas

Vivir en condominio es un ejercicio de civilidad constante. Aquí el balance:

VentajasDesventajas
Seguridad: Suelen ser entornos cerrados con vigilancia controlada.Costos: El pago de cuotas de mantenimiento es obligatorio, se usen o no las amenidades.
Amenidades: Acceso a lujos (gym, alberca, roof garden) que serían caros de mantener solo.Reglas estrictas: Limitaciones en ruido, remodelaciones, mascotas o colores de fachadas.
Plusvalía: El mantenimiento compartido suele conservar mejor el valor del inmueble.Morosidad: Si los vecinos no pagan, el edificio se deteriora y te afecta directamente.
Cuidado de áreas: No te preocupas por podar el pasto de la entrada o pintar la barda exterior.Conflictos vecinales: La convivencia cercana puede generar fricciones por ruidos o espacios de estacionamiento.

3. ¿Puede un condómino regirse bajo su propia autonomía?

Aquí hay que ser muy claros: No. Un condómino no es una "isla". Al comprar una propiedad bajo este régimen, firmas tu aceptación a una Escritura Constitutiva y a un Reglamento Interior.

  • La Ley sobre la Voluntad: Aunque seas dueño de tu departamento, tu autonomía termina donde empieza el derecho de la comunidad. No puedes, por ejemplo, decidir no pagar mantenimiento porque "no usas el elevador", ni puedes pintar tu puerta de color neón si el reglamento exige uniformidad.

  • La Asamblea: Es el órgano supremo. Lo que se decida en asamblea (siempre que no viole la ley estatal de propiedad en condominio) es obligatorio para todos, incluso para los que no asistieron o votaron en contra.

Dato importante: La libertad del condómino dentro de su unidad privativa existe (puedes decorar el interior como quieras), pero siempre que no afecte la seguridad estructural, la salubridad o la estética exterior del edificio.


 

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